Como todos los años... Ya está abierto el plazo de adhesión de entidades colaboradoras del Plan Renove de Electrodomésticos de Galicia 2022. Este año la cantidad destinada para esta convocatoria asciende a 2.000.000€
A continuación te contaremos cuales son las ayudas del Plan Renove de este año y cómo tramitar su alta como entidad colaboradora.
PLAZO:
El plazo para la presentación de solicitudes estará abierto desde el 2 de marzo de 2022 hasta el 30 de junio de 2022 o hasta que se agoten los fondos dispuestos para dichas subvenciones.
Desde el siguiente enlace, podrá entrar en la web para darse de alta. Recordemos que la adhesión es telemática, se necesita un certificado digital y presentar la documentación establecida siempre en PDF.
A través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal) o bien desde la página Web del Inega (http://www.inega.gal/)
Enlace directo para adhesión al Plan Renove 2022
Una vez ahí solo deberá seguir los pasos para poder adherirse, ya sea una entidad colaboradora habitual (puede utilizar el mismo usuario y contraseña que en el 2021) o una nueva (la cual deberá darse de alta por primera vez).
El plazo para que el Inega resuelva su solicitud es de 20 días hábiles, lo mejor es presentar la solicitud cuanto antes para poder ser entidad colaboradora en la fecha del 23 de marzo, cuando se abre el plazo de solicitudes de la subvención.
Documentación necesaria:
1. Formulario de la solicitud firmado (Anexo II)
2. Dos copias del convenio de colaboración firmadas (Anexo III)
3. Documento acreditativo de poder suficiente del representante legal de la entidad.
4. NIF de la entidad solicitante cuando sea una persona jurídica.
5. DNI/NIE de la persona solicitante cuando sea una persona física.
6. DNI/NIE de la persona representante.
7. Certificado de estar al día en el pago con la AEAT.
8. Certificado de estar al día con el pago con la Seguridad Social.
9. Certificado de estar al día en el pago con la Hacienda Autonómica.
10 Certificación de alta en el Impuesto de actividades económicas cuando la entidad colaboradora sea una empresa.
CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN:
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